¿Me pueden embargar el Paro si tengo deudas? Límites legales y cómo proteger tus ingresos

Cuando una persona pierde su empleo y pasa a cobrar una prestación o subsidio por desempleo, la situación económica suele volverse muy delicada. Si a esto le sumamos la existencia de deudas pendientes, el miedo se dispara: ¿Puede el banco o el juzgado quitarme el poco dinero que me entra del paro?

Esta es una de las consultas más frecuentes que recibo. La respuesta breve es que, en la mayoría de los casos, tu dinero está protegido. Sin embargo, es vital que entiendas cómo funciona la Ley de Enjuiciamiento Civil para que sepas hasta dónde pueden llegar y, lo más importante, cómo podemos frenar cualquier intento de embargo.

La Regla de Oro: El Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

La ley española establece un principio de «inembargabilidad» para proteger la subsistencia digna de las personas. La norma es clara: Son inembargables los sueldos, salarios, pensiones o prestaciones que no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

¿Qué significa esto en la práctica?

La realidad es sencilla: la gran mayoría de los subsidios y prestaciones por desempleo tienen cuantías que están por debajo del SMI actual.

  • Si tu prestación es inferior al SMI vigente, nadie te puede quitar ni un solo euro. Ese dinero es intocable, porque se considera el mínimo vital para comer y vivir.

¿Qué pasa si mi prestación supera el SMI?

Existen casos, especialmente en prestaciones contributivas altas (cuando has cotizado mucho), donde el importe mensual sí supera el Salario Mínimo.

En este escenario, tampoco te pueden quitar todo el dinero. La ley solo permite embargar la parte que excede del SMI, y se hace mediante una escala proporcional regulada en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Ejemplo práctico: Si cobras 100€ más que el SMI, no te quitan los 100€. Te quitarán solo un porcentaje pequeño (generalmente el 30%) de ese excedente. El resto sigue siendo tuyo.

La Solución Definitiva: Paralizar los embargos con la Ley de la Segunda Oportunidad

Saber que no te pueden quitar todo el dinero da cierta tranquilidad, pero no resuelve el problema de fondo: las deudas siguen ahí y los acreedores siguen intentando cobrar.

Aquí es donde entra en juego la estrategia jurídica.

Si decides solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad, activamos un mecanismo de protección inmediato. En el momento en que mi despacho se persona en los procedimientos judiciales donde te están reclamando deudas o ejecutando embargos, ocurre lo siguiente:

  1. Suspensión automática: La ley obliga a paralizar las ejecuciones hipotecarias y los embargos de cuentas o salarios.
  2. Respiro financiero: Todos esos procesos quedan en suspenso hasta que se resuelva tu expediente de exoneración.

Esto es clave para que puedas respirar. Significa que, durante el tiempo que tramitamos tu perdón de deudas, recuperarás el control total de tu nómina o de tu prestación por desempleo, permitiéndote tener paz mental y liquidez para vivir mientras solucionamos tu situación de forma definitiva.

Recupera tu tranquilidad

Si estás cobrando el paro y temes que los acreedores ataquen tus ingresos, no esperes a que llegue la notificación del juzgado.

Aunque la ley protege el mínimo vital, vivir con la amenaza constante del embargo no es vida. Mi equipo y yo somos especialistas en liberar a personas como tú de esta carga. Trabajamos desde la cercanía, el rigor y la empatía para que dejes de sobrevivir y empieces a vivir.

¿Crees que puedes acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad? Escríbeme y analicemos tu caso hoy mismo.

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